La decisión que bloqueó el intento del presidente Donald Trump de restringir la ciudadanía por nacimiento vuelve a poner sobre la mesa una de las discusiones constitucionales más complejas de las últimas décadas. En República Dominicana, ese debate tomó otro rumbo en 2013 con la Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional y sus efectos aún generan posiciones encontradas.
La decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos de frenar el intento del presidente Donald Trump de restringir la ciudadanía por nacimiento ha devuelto al centro del debate una pregunta que trasciende las fronteras estadounidenses: ¿quién tiene derecho a ser ciudadano por el simple hecho de nacer en un territorio?
El máximo tribunal estadounidense determinó que el presidente no podía limitar ese derecho mediante una orden ejecutiva, al considerar que la ciudadanía por nacimiento está protegida por la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, vigente desde 1868. La decisión representa un revés para la política migratoria impulsada por Trump y mantiene vigente un principio que ha formado parte del sistema constitucional estadounidense durante más de un siglo.
Aunque el fallo responde a un marco jurídico distinto al dominicano, recuerda uno de los precedentes constitucionales más trascendentales y controvertidos de la historia reciente del país: la Sentencia TC/0168/13, emitida por el Tribunal Constitucional el 23 de septiembre de 2013.
Dos países, dos interpretaciones sobre la ciudadanía
A primera vista, ambos casos parecen abordar el mismo tema: la ciudadanía por nacimiento. Sin embargo, parten de principios constitucionales diferentes.



